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ESTATUTOS

ASOCIACIÓN “ ALERGOSUR SOCIEDAD ANDALUZA DE ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGÍA CLÍNICA”

CAPÍTULO I 

DE LA CREACIÓN, FINES Y ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN ALERGOSUR. SOCIEDAD ANDALUZA DE ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGÍA CLÍNICA. 

Artículo 1º. Al amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución Española, lo establecidos en la Ley 191/1964, de 24 de Diciembre, Decreto 1440/1965 y demás disposiciones vigentes, se constituyó en Sevilla la Asociación SOCIEDAD ANDALUZA DE ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGÍA CLÍNICA, que mediante la presente modificación de sus Estatutos pasa a denominarse Asociación ALERGOSUR. SOCIEDAD ANDALUZA DE ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGÍA CLÍNICA, adaptando sus Estatutos a la Ley 1/2002, de 22 de marzo y 4/2006 de Asociaciones de Andalucía, según determina la Disposición Transitoria Primera de dicha Ley Orgánica. El régimen de la Asociación se determinará por 

lo dispuesto en los presentes Estatutos. 

La Asociación Alergosur. Sociedad Andaluza de Alergología e Inmunología Clínica, creada de acuerdo con estos Estatutos, es una corporación Científico-médica no lucrativa, formada por profesionales dedicados a la Alergología e Inmunología Clínica, especialmente interesados por la problemática de la especialidad en el ámbito territorial de las provincias andaluzas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Limitándose su ámbito territorial a la Comunidad Autónoma Andaluza. 

La duración de la Asociación será por tiempo indefinido. 

Accede aquí al documento completo de los Estatutos